[home uniandes]
 
 
Políticas Procesos Formatos
 
» Inicio» Relaciones Laborales» Cesantías Parciales

Cesantías Parciales

El empleado, durante la vigencia de su contrato, puede efectuar retiros parciales de sus cesantías por alguno de los siguientes motivos:

  • Adquisición de vivienda
  • Construcción, reparación, ampliación o mejora de la vivienda del empleado o de su cónyuge. No se autoriza el pago de las cesantías parciales si la construcción, reparación, ampliación o mejora ya se encuentra ejecutada. Éstas deben corresponder a obras futuras.
  • La liberación de gravámenes hipotecarios que afectan la casa o terreno del empleado o su cónyuge.
  • Pago de impuestos que afectan directamente la casa o terreno del empleado.
  • Pago de crédito por adquisición o construcción de vivienda por cuenta de las corporaciones y/o entidades bancarias.
  • La Universidad se reserva el derecho a realizar visitas domiciliarias y/o solicitar documentos adicionales a los señalados para cada caso, con el fin de constatar la correcta destinación de las cesantías parciales.
  • Una vez el empleado efectué el pago que dio origen al giro de las cesantías  debe hacer llegar a Gestión Humana 30 días después del desembolso los documentos que acrediten la correcta inversión de éstas.
  • La Universidad girará los cheques a nombre de los terceros para los cuales será destinada la inversión.

 

Home
Contacto
Preguntas frecuentes
Comentarios
Información
Mapa del Sitio
Colsubsidio
[www.eforcers.com]