Bono Pensional
¿QUÉ ES?
El bono pensional es el reconocimiento de los aportes realizados por cada afiliado, al régimen del ISS o a una caja o fondo de previsión, antes de trasladarse a un fondo privado.
¿PARA QUÉ SIRVE?
El valor del Bono Pensional hará parte del capital con el que se financiará la pensión.
El valor del Bono sólo se suma a la cuenta de ahorro individual en el momento de su redención. Desde el momento de su emisión hasta que se hace efectivo estará en custodia en los depósitos de valores autorizados por el Estado.
¿QUIÉNES TIENEN DERECHO?
Personas que hayan realizado aportes por 150 semanas (3 años) ó más, en el ISS, cajas o fondos del sector público.
Personas que hayan estado vinculadas al Estado o a sus entidades descentralizadas.
Personas afiliadas a cajas provisionales del sector privado y que tengan a cargo el reconocimiento de pensiones.
Personas que tenían relación laboral vigente a Diciembre 23 de 1993, con empresas del sector privado que tenían a su cargo el reconocimiento y pago de pensiones.
¿QUIÉNES SON LOS EMISORES?
Son las entidades obligadas a expedir el Bono pensional, así:
La Nación, (OBP): Reconoce las cotizaciones que se efectuaron al ISS o a otras cajas hasta marzo 31 de 1994, o Cajanal en cualquier época.
El ISS: Reconoce las cotizaciones efectuadas a partir de abril 1 de 1994.
Empleadores públicos y privados: Que reconocían y pagaban sus propias pensiones.
Cuando un afiliado ha efectuado aportes a varias entidades, como el ISS, Cajanal y empleadores públicos, el Bono es emitido por una de ellas y las demás tienen la obligación de contribuir con la porción que les corresponde según el tiempo que el afiliado les cotizó. Es lo que se reconoce como cuota parte.
¿QUÉ PASA CON EL BONO PENSIONAL UNA VEZ ES EMITIDO?
Una vez la OBP expida la resolución de emisión del Bono Pensional reportará esta información al DECEVAL (Depósito Centralizado de Valores) para su custodía. Esta entidad enviará una constancia de depósito a la AFP. Esta, a su vez, podrá enviar copia al afilaido, para informrle sobre la emisión de su bono y aunque no suma dentro de la cuenta individual sí hace parte del capital para financiar su pensión.
¿CÓMO SE HACE EFECTIVO?
El Bono Pensional se hace efectivo en el momento en que la persona cumple los requisitos de pensión por vejez y cumpla la edad de 62 años si es hombre y 60 años si es mujer. Si desea pensionarse antes de esta edad, el Fondo de Pensiones debe negociar el valor del Bono en el mercado de valores, previa autorización del afiliado.
En el evento de una pensión de invalidez o de sobrevivencia se hará una redención anticipada del Bono que no alterará su valor.
¿QUE CARACTERÍSTICAS TIENE?
Se expiden en pesos (moneda legal colombiana).
Se expiden a nombre de cada afiliado.
Sólo son endosables a favor de las entidades administradoras o aseguradoras, siempre y cuando se vaya a efectuar el pago de la pensión, o a favor de terceros que los hayan adquirido.
Se manrtiene en custodia desde la emisión hasta que se haga efectivo.
¿CÓMO ES SU RENTABILIDAD?
El Bono genera rendimientos a partir de la fecha de traslado a un Fondo Privado. Estos se sumarán al valor del Bono hasta el momento en que se haga efectivo. Si el traslado se firmó antes del 31 de Diciembre de 1998, los rendimientos serán del IPC más 4 puntos, si fue posterior a esta fecha, serán del IPC más 3 puntos.
En esas condiciones, es importante precisar que así los procesos de revisión de la historia laboral y emisión del Bono se extiendan en el tiempo, no habrá pérdida de rendimientos.
CLASES DE BONO PENSIONAL
Existen dos tipos de Bonos Pensionales a saber: los Bonos A y los Bonos B.
Bonos A: son los Bonos que se expiden a favor de aquellas personas que se afilian a un Fondo de Pensiones Privado, sean éstos trabajadores públicos o privados.
Bonos B: son los Bonos que se giran al ISS por razón de funcionarios públicos que después de la Ley 100 estaban en alguna Caja y se trasladaron al ISS.
¿CÓMO SE TRAMITA?
Para el trámite del Bono es necesario que el afiliado revise y apruebe la Historia Laboral.
La Historia Laboral es un documento que recopila la información completa de las cotizaciones realizadas en el ISS. Este documento es tramitado por el Fondo de Pensiones ante la Oficina de Bonos Pensionales (OBP) y otros emisores.
La Historia Laboral está dividida en tres periodos:
1. Historia laboral con entidades públicas o privadas reconocedoras de pensión.
2. Los aportes realizados desde 1967 (fecha de creación ISS Pensiones) hasta diciembre de 1994.
3. Los aportes realizados desde enero de 1995 hasta la fecha de traslado a un Fondo Privado (estas historias aunque no se encuentran disponibles en el sistema de información de la OBP, fueron solicitadas por la Universidad ante el ISS, en la scondiciones solicitadas por la ley, para ser válidas en la emisión del Bono)
De acuerdo con el trámite adelantado entre el afiliado y el Fondo de Pensiones, la emisión del Bono puede encontrarse en uno de los siguinmtes estados:
A. El afiliado no tiene derecho a Bono Pensional
B. El afiliado se trasladó a un Fondo de Pensiones despúes de enero de 1995, por lo que la Historia Laboral (periodo 3) está pendiente de entrega por la Oficina de Bonos Pensionales.
C. El afiliado no ha revisado ni aprobado la Historia Laboral, del periodo 1 y 2.
D. El afiliado revisó y solicitó modificaciones a la Historia Laboral a diciembre/94 y se están tramitando las correcciones por parte del fondo.
E. El afiliado revisó y aprobó la Historia Laboral y está en trámite la emisión del Bono Pensional.
F. El Bono Pensional está emitido.
RECUERDE:
En el proceso de emisión del Bono pensional el afiliado juega un papel determinante, pues es la única persona que puede validar la información de la historia laboral, documento imprescendible para iniciar los trámites. En este proceso lo acompañará un asesor de la AFP y Gestión Humana para guiarlo y resolverle sus inquietudes.
Las AFP no reconstruyen ni corrigen directamente la información de las historias laborales, son intermediarios, facilitadores entre los emisores del Bono y los afiliados.
El Bono emitido no será entregado al afiliado pero genera rendimientos y estará en custodia en un depósito de valores.
Si construye su pensión -desde ahora- no tendrá dificultades e el futuro, sólo tendrá que disfrutar de ella.
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