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Pensión de Sobrevivientes

La pensión de sobrevivientes la reconocerá la Administradora de Riesgos Profesionales si muere un afiliado como consecuencia del accidente de trabajo o de la enfermedad profesional.


MONTO DE LA PENSION

Por muerte del afiliado el 75% del salario base de liquidación

Por muerte del pensionado por invalidez el 100% de lo que aquél estaba recibiendo como pensión.


BENEFICIARIOS DE LA PENSION

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